Obtencion de autorizacion de zarpe diario para naves pesqueras y embarcaciones de un arqueo bruto (ab) de 08 a mas; para todas las embarcaciones de cualquier arqueo dedicadas a la pesca de tiburon, perico, centolla, bacalao, pota, anguila; y para todas las que efectuan pesca fuera de las 15 millas de costa. (excepto deportivas y recreativas maritimas, y naves fluviales y lacustres de menos de 500 ab)