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  • Autorizacion mediante resolucion de capitania, para embarco de tripulante extranjero en naves pesqueras nacionales (excepto capitanes, patrones y jefes de ingenieria).

  • Autorizacion al aspirante a practico para que efectue practicas de maniobras para el otorgamiento de licencia de practico maritimo o fluvial por cada instalacion portuaria o en caso de inhablitacion de licencia (incluye evaluacion)

  • Autorizacion para abarloamiento de naves pesqueras en bahia.

  • Autorizacion para remocion, rescate, recuperacion de naves de cualquier clasificacion, artefactos y otros, hundidos declarados en abandono y firma del convenio de acuerdo a lo reglamentado.

  • Autorizacion para desguace de naves.

  • Autorizacion de arribo con explosivos o con otras mercancias y/o sustancias peligrosas especiales para el puerto o en transito (excepto radiactivas); obtencion de autorizacion para desembarcarlas o embarcarlas y establecimiento de vigilancia especial.



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